Quizá no te hayas dado cuenta, pero vivimos rodeados de nombres propios que son marcas: Antonio Banderas, Paula Echevarría o Fernando Alonso… entre otros muchos ejemplos.
Vivimos en el momento de la marca personal y registrar un nombre como marca puede ser una buena opción profesional o empresarial, pero para estos casos la Ley de Marcas prevé una serie de condiciones que es preciso conocer.
Sigue leyendo para conocer los requisitos legales imprescindibles para poder hacerte con tu marca y disfrutar de los beneficios que aporta.
¿Es posible registrar un nombre propio como marca?
Sí, es posible.
Tener una marca es tener la exclusividad de su uso en el tráfico económico para un determinado producto o servicio. Si eres titular de una marca sólo tú puedes utilizarla, impidiendo que nadie más pueda emplearla en tu sector.
Si deseas registrar tu nombre como marca no hay problema, realizas la solicitud según el procedimiento legalmente previsto y, en principio, no debes tener ningún inconveniente para que te la concedan.
Quizá prefieras inscribir un diminutivo o un nombre de pila. Esta opción también es viable. Por ejemplo, si te llamas Manuel López quizá prefieras registrar Manu López o Manolo López.
Uno de los motivos por el que la OEPM puede denegarte una marca es por el riesgo de confusión con otra que ya esté registrada.
En el caso de marcas formadas por nombre y apellidos el elemento que se va a tener en cuenta para realizar la evaluación de esta posibilidad es la similitud de los apellidos. Salvo que se trate de apellidos comunes, en cuyo caso, el elemento dominante para decidir si existe o no probabilidad de error en el público será el nombre.
¿Puedo solicitar cómo marca el nombre de otra persona?
Sólo en algunos supuestos. Esta hipótesis esta prevista en el apartado a) del artículo 9.1 de la Ley de Marcas, como una de las prohibiciones relativas establecidas para la inscripción de una marca.
Cuando se solicita el nombre civil o la imagen que identifique a una persona distinta del solicitante de la marca, es necesaria la debida autorización.
Tienes dos posibilidades.
La primera es solicitarla asumiendo el riesgo que la otra persona ejerza su derecho de oposición y no te la concedan.
La segunda es solicitarla acompañando una autorización. Porque quizá tú tengas interés en obtener la marca pero la otra persona no. Normalmente el contenido de la autorización suele ser un compromiso por parte del titular del nombre de no interferir en el proceso de concesión de la marca a cambio de una determinada cantidad de dinero.
Hay que tener en cuenta que esta autorización es revocable, pero está sujeta a la correspondiente indemnización de los daños y perjuicios que se causen, incluyendo expectativas que estén debidamente justificadas.
¿Y si hay alguien que se llama como yo?
Estas cosas pasan. Y si tienes un nombre y unos apellidos corrientes, como nos ocurre a un nutrido grupo de españolitos, probablemente estés, como yo, en esta situación. La solución aquí es la misma que si quieres solicitar como marca el nombre de otra persona, aunque la Ley no lo diga expresamente.
Puede darse el caso que ambos estéis interesados en obtener el nombre como marca. Una posible alternativa sería pedir la marca para una clase de productos o servicios distinta en cada caso.
En el ámbito de las marcas existe la Clasificación de Niza, que no es otra cosa que un acuerdo internacional en el que se recoge un catálogo de las distintas clases de productos y servicios para los que puedes registrar una marca. Por ejemplo, la clase 12 se refiere a vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, por lo que si tienes la marca para esta clase no podrás emplearla para otra cosa, como vender zapatos o bolsos.
Si hay otra persona que se llama como tú o te encuentras con tu nombre registrado para una determinada clase, puedes solicitar la marca para otro producto o servicio.
Si nadie me conoce, ¿qué tal optar por el nombre de algún famoso?
Aquí también necesitaras permiso de la persona conocida cuyo nombre quieras emplear, porque es otra de las prohibiciones relativas recogida en la Ley de Marcas (art. 9.1.b).
Este precepto también exige autorización cuando lo que quiere registrarse como marca es el nombre, apellido, seudónimo o cualquier otro signo por el que comúnmente identifiquemos a otra persona.
No se trata tanto que sea su nombre completo y real, sino por el que todos lo conozcamos, por el que lo asociemos a una persona concreta. Para que me entiendas, no puedes utilizar Cholo Simeone.
Existe un elemento diferenciador muy importante a tener en cuenta con respecto a la solicitud de marca del nombre de otra persona, digamos, anónima, a pedirla con el nombre de una persona conocida.
Cuando solicitamos registrar cómo marca el nombre de una persona anónima, o bien aportamos la autorización de la que hemos hablado antes, o bien nos conceden la marca porque no se ha ejercitado el derecho de oposición.
Pero si la marca que solicitamos es el nombre de alguien conocido o famoso, el control sobre la concesión o no de la marca es más riguroso. A la autorización y posible ejercicio de oposición por el interesado, hay que añadir el examen de oficio que hace la OEPM, que supervisa que el nombre que se pide como marca no esté incurso en esta prohibición relativa.
¿Los nombres inventados pueden servir como marca?
Te voy a contar un secreto: Alejandro Sanz no se llama Alejandro Sanz. Si la Wikipedia no nos engaña, su nombre es Alejandro Sánchez Pizarro. En algún momento del nacimiento de su carrera musical él o alguien de su entorno decidió que Alejandro Sanz era mejor nombre artístico y hoy todo lo conocemos así… y así tiene registrada su marca.
Quizá te pueda interesar crear un nombre para tu marca; bien porque odies a tus padres por haberte puesto el horrible nombre del tatarabuelo, se trate de un nombre muy corriente, prefieras una mayor privacidad… La razón puede ser la que sea, es tuya personal, lo importante es que legalmente no hay ningún obstáculo para que lo hagas, siempre y cuando no se te haya adelantado nadie.
¿Tienes alguna duda sobre el registro de nombres como marcas? Si es así, te espero en los comentarios.
Foto: Alexis Brown para www.unsplash.com