¿Quieres registrar tu nombre como marca?

Quizá no te hayas dado cuenta, pero vivimos rodeados de nombres propios que son marcas: Antonio Banderas, Paula Echevarría o Fernando Alonso… entre otros muchos ejemplos.

Vivimos en el momento de la marca personal y registrar un nombre como marca puede ser una buena opción profesional o empresarial, pero para estos casos la Ley de Marcas prevé una serie de condiciones que es preciso conocer.

Sigue leyendo para conocer los requisitos legales  imprescindibles para poder  hacerte con tu marca y disfrutar de los beneficios que aporta.

¿Es posible registrar un nombre propio como marca?

Sí, es posible.

Tener una marca es tener la exclusividad de su uso en el tráfico económico para un determinado producto o servicio. Si eres titular de una marca sólo tú puedes utilizarla, impidiendo que nadie más pueda emplearla en tu sector.

Si deseas registrar tu nombre como marca no hay problema, realizas la solicitud según el procedimiento legalmente previsto y, en principio, no debes tener ningún inconveniente para que te la concedan.

Quizá prefieras inscribir un diminutivo o un nombre de pila. Esta opción  también es viable. Por ejemplo, si te llamas Manuel López quizá prefieras registrar Manu López o Manolo López.

Uno de los motivos por el que la OEPM puede denegarte una marca es por el riesgo de confusión con otra que ya esté registrada.

En el caso de marcas formadas por nombre  y apellidos el elemento que se va a tener en cuenta para realizar la evaluación de esta posibilidad es la similitud de los apellidos. Salvo que se trate de apellidos comunes, en cuyo caso, el elemento dominante para decidir si existe o no  probabilidad de error en el público será el nombre.

¿Puedo solicitar cómo marca el nombre de otra persona?

Sólo en algunos supuestos. Esta hipótesis esta prevista en el apartado a) del  artículo 9.1 de la Ley de Marcas, como una de las prohibiciones relativas establecidas para la inscripción de una marca.

Cuando se solicita el nombre civil o la imagen que identifique a una persona distinta del solicitante de la marca, es necesaria la debida autorización.

Tienes dos posibilidades.

La primera es solicitarla asumiendo el riesgo que la otra persona ejerza su derecho de oposición y no te la concedan.

La segunda es solicitarla acompañando una autorización. Porque quizá tú tengas interés en obtener la marca pero la otra persona no. Normalmente el contenido de la autorización suele ser un compromiso por parte del titular del nombre de no interferir en el proceso de concesión de la marca a cambio de una determinada cantidad de dinero.

Hay que tener en cuenta que esta autorización es revocable, pero está sujeta a la correspondiente indemnización de los daños y perjuicios que se causen, incluyendo expectativas que estén debidamente justificadas.

¿Y si hay alguien que se llama como yo?

Estas cosas pasan. Y si tienes un nombre y unos apellidos corrientes, como nos ocurre a un nutrido grupo de españolitos, probablemente estés, como yo, en esta situación. La solución aquí es la misma que si quieres solicitar como marca el nombre de otra persona, aunque la Ley no lo diga expresamente.

Puede darse el caso que ambos estéis interesados en obtener el nombre como marca. Una posible alternativa sería pedir la marca para una clase de productos o servicios distinta en cada caso.

En el ámbito de las marcas existe la Clasificación de Niza, que no es otra cosa que un acuerdo internacional en el que se recoge un catálogo de las distintas clases de productos y servicios para los que puedes registrar una marca. Por ejemplo, la clase 12 se refiere a vehículos,  aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, por lo que si tienes la marca para esta clase no podrás emplearla para otra cosa, como vender zapatos o bolsos.

Si hay otra persona que se llama como tú o te encuentras con tu nombre registrado para una determinada clase, puedes solicitar la marca para otro producto o servicio.

Si nadie me conoce, ¿qué tal optar por el nombre de algún famoso?

Aquí también necesitaras permiso de la persona conocida cuyo nombre quieras emplear, porque es otra de las prohibiciones relativas recogida en la Ley de Marcas (art. 9.1.b).

Este precepto también exige autorización cuando lo que quiere registrarse como marca es el nombre, apellido, seudónimo o cualquier otro signo por el que comúnmente identifiquemos a otra persona.

No se trata tanto que sea su nombre completo y real, sino por el que todos lo conozcamos, por el que lo asociemos a una persona concreta. Para que me entiendas, no puedes utilizar Cholo Simeone.

Existe un elemento diferenciador muy importante a tener en cuenta con respecto a la solicitud de marca del nombre de otra persona, digamos, anónima, a pedirla con el nombre de una persona conocida.

Cuando solicitamos registrar cómo marca el nombre de una persona anónima, o bien aportamos la autorización de la que hemos hablado antes, o bien nos conceden la marca porque no se ha ejercitado el derecho de oposición.

Pero si la marca que solicitamos es el nombre de alguien conocido o famoso, el control sobre la concesión o no de la marca es más riguroso. A la autorización y posible ejercicio de oposición por el interesado, hay que añadir el examen de oficio que hace la OEPM, que supervisa que el nombre que se pide como marca no esté incurso en esta prohibición relativa.

¿Los nombres inventados pueden servir como marca?

Te voy a contar un secreto: Alejandro Sanz no se llama Alejandro Sanz. Si la Wikipedia no nos engaña, su nombre es Alejandro Sánchez Pizarro. En algún momento del nacimiento de su carrera musical él o alguien de su entorno decidió que Alejandro Sanz era mejor nombre artístico y hoy todo lo conocemos así… y así tiene registrada su marca.

Quizá te pueda interesar crear un nombre para tu marca; bien porque odies a tus padres por haberte puesto el horrible nombre del tatarabuelo, se trate de un nombre muy corriente, prefieras una mayor privacidad… La razón puede ser la que sea, es tuya personal, lo importante es que legalmente no hay ningún obstáculo para que lo hagas, siempre  y cuando no se te haya adelantado nadie.

¿Tienes alguna duda sobre el registro de nombres como marcas? Si es así, te espero en los comentarios.

Foto: Alexis Brown para www.unsplash.com

26 comentarios en “¿Quieres registrar tu nombre como marca?”

  1. Muchísimas gracias por la aclaración María Dolores, este es un tema muy interesante, por que imaginemos que quieres registrar tu marca personal «Manuel López» como dices, pero seguro que habrá en España otros 200 Manuel López, ¿un factor como el numero de personas que tengan ese nombre de nacimiento puede interferir en que te concedan la solicitud?

    Es pura curiosidad, me llama la atención que puedas registrar algo como un nombre personal.

    ¡Un saludo!

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    • De nada Esti. Con los nombres tan comunes pueden pasar estas cosas, por eso, como cualquier solicitud de marca se publica en el Boletín Oficial de Propiedad Intelectual, para que los interesados puedan ejercitar su derecho de oposición si lo desean. También, con carácter previo a la solicitud puedes comprobar si ese nombre ya está registrado como marca y para que actividad.
      El número de personas que puedan llamarse así no es un factor que influya en sí mismo, ¡sólo que habrá muchas más gente que se pueda oponer!
      Espero haber resuelto tu duda.
      ¡Un saludo!

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  2. Muy buen artículo María Dolores. A mi me queda claro que a menos que algún tocayo se oponga, yo podría registrar mi nombre como marca (si alguien no se me adelantó a hacerlo). Pero tengo una duda y me gustaría saber tu opinión al respecto. ¿Crees que para un consultorio psicológico sea mejor idea utilizar mi nombre o piensas que crear una marca para publicitarlo sea mejor opción?

    Agradeceré muchísimo tu respuesta.

    Saludos!

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    • ¡Hola Jorge! Muchas gracias por tu comentario.
      La pregunta que me haces no es una cuestión legal, sino una decisión empresarial. Creo que depende de ti decidir desde el punto de vista publicitario qué opción es la más adecuada.
      O puedes ver si ya está registrada la marca con tu nombre o la qué tengas pensada para el centro y, si alguna de las dos ya existe, decantarte por la otra.
      Espero haberte ayudado. Un abrazo.

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  3. Buenas noches excelente blog.
    Duda con una carta poder se puede solicitar el registro de otra persona, es decir yo colocare sus datos y el sera el propietario, yo solo ire a dejar la solicitud al instituto firmandola, debo llevar la autorizacion? y dicha autorización es puede ser una carta poder nada mas?
    gracias

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    • Buenos días Michelle.
      No sé a que te refieres exactamente con una carta poder, si a un poder notarial o una mera autorización. No creo que suponga un problema, si no es suficiente te requerirán para subsanar.
      Un saludo y espero haberte ayudado.

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  4. hola buenas tardes, quiero registrar mi nombre GRACE ARZUZA y me niegan por que hay una marca GRACE, puede mi apellido dar esa distintividad que busco? hay normatividad que pueda leer?

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  5. Buenas tardes Grace.
    Si, su apellido puede diferenciarla. Además es importante ver el servicio para el que está registrada la otra marca.
    Respecto a la normatica, en España hay que consultar la Ley de Marcas.
    Muchas gracias por tu comentario. Espero haberte ayudado.

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    • Buenos días Nicholas.
      Gracias por tu comentario. ¿Esa persona fallecida tenía registrado su nombre cómo marca? Es lo primero que tienes que averiguar para poder continuar.
      Un saludo.

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  6. Siendo un artista, que pinta cuadros cómo registro mi nombre?
    Tomando tu ejemplo de Alejandro Sanz, cómo está registrado? en qué clase de servicio o producto? «Cantante», «Artista», «músico»?
    Y en mi caso qué sería «Pintor» ???
    No encuentro la clase de producto o servicio que coincide con mi profesión de artista plástico.
    Me puedes ayudar por favor.
    Gracias y muy util tu post
    Ari

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    • ¡Buenos días Ari!
      Alejandro Sanz tiene registrado su nombre como marca para un montón de servicios y productos que nada tienen que ver con sus canciones.
      En tu caso, habría que ver con más detalle tu actividad. Quizá, por lo que me indicas, la protección que buscas no venga por una marca sino por los derechos de autor.
      Un saludo.

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  7. Hola
    Mi vecino registro Frutos Secos PY. PY es distintivo de Paraguay. Ahora que tiene popularidad, otras cuentas usan la misma marca, pero no pueden ser denunciados a ser tres palabras genericas. Puede usar su apellido frutos secos martinez, por ejemplo, para distinguirse sin tener que volver a registrar marca? No creo que se atrevan a copiarle su nombre. Y despues que vea si le funciona, registrarla?

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    • ¡Hola Francisco!
      Si tu vecino tiene registrada la marca, si puede solicitar a los la están utilizando sin su permiso.
      Respecto a lo de utilizar una marca nueva, yo la registraría primero, además puede ser que ya esté «cogida» puesto que su apellido es muy común.
      Un saludo.

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